Hipoteca con Cuota Blindada en CAM

La Hipoteca con Cuota Blindada en CAM, te ofrece el siguiente importe máximo de financiación:

  • Primera residencia: 80% del importe menor entre el valor de compra y el de tasación.
  • Segunda residencia: 60% del importe menor entre el valor de compra y el de tasación.

A diferencia del resto de las hipotecas CAM, su finalidad es obtener financiación para otros fines distintos a adquisición, construcción o rehabilitación de viviendas.

Tipo de préstamo: cuota constante de capital más interés. En esta modalidad la cuota se mantiene fija durante toda la vida de la operación, en concepto de cuota mínima. Si como consecuencia de la revisión del tipo de interés, a un vencimiento concreto, los intereses resultaran superiores a la cuota mínima pactada, el titular tendrá que satisfacer en ese vencimiento, al menos, el importe total de dichos intereses, produciéndose por tanto una variación en la cuota.

Plazo máximo de amortización: hasta 30 años, el plazo inicialmente pactado, podrá reducirse o ampliarse hasta 10 años en función de las variaciones del tipo de interés, lo que permite mantener la cuota fija. Al vencimiento final, el titular liquida íntegramente el saldo pendiente del préstamo.

Periodicidad de pago: mensual
El tipo de interés variable de este préstamo tiene limitaciones a la baja (suelo) y al alza (techo).

Tipo de interés

Tipo de interés fijo durante el primer periodo: 7,50%
Tipo de interés variable con revisión anual el resto de periodos: Euribor referencia hipotecaria a 1 año + diferencial
del 5,75
El tipo de interés variable de este préstamo tiene limitaciones a la baja (4,50%) o al alza (12%)

Gastos:

Deberá tener suscrito en el momento de la firma un seguro de daños sobre la finca hipotecada, en compañía de seguros de reconocida solvencia aprobada por el banco, incluyendo cláusula de acreedor hipotecario a favor del banco y por importe mínimo de valor para seguro indicado en la tasación.

Edad máxima de los prestatarios al vencimiento del préstamo hipotecario: 75 años.

Gastos preparatorios (a cargo del cliente aunque no se formalice la operación):
Tasación: 212 euros (importe estimado para una valoración de 125.000 euros)
El banco aceptará cualquier tasación aportada por el cliente siempre que esté certificada por un tasador homologado y no haya caducado. En estos casos no se cargará ningún gasto adicional por las gestiones de comprobación que puedan realizarse sobre dicha tasación. Comprobación registral del inmueble: 30,00 euros (importe estimado)

TAE aplicable a su préstamo: 8,099% y comprende:
Importe préstamo: 100.000 euros
Tipo de interés primer período: 7,50%
Tipo de interés resto períodos: Euribor interbancario a 1

Amortización anticipada/cancelación por desistimiento

Amortización anticipada parcial/total: 1,00%
Si la garantía recae sobre vivienda:
Cancelación, parcial o total, no subrogatoria:
a) 0,50% sobre el capital amortizado anticipadamente, si la amortización anticipada se produce dentro de los cinco primeros años de vida de la operación.
b) 0,25% sobre el capital amortizado anticipadamente, si la amortización anticipada se produce en un momento posterior a los cinco primeros años de la vida de la operación.

Compensación por riesgo del tipo de interés, en el supuesto de que la cancelación, parcial o total, subrogatoria o no subrogatoria, suponga una pérdida para CAM y se produzca dentro de un período cuya próxima revisión del tipo de interés sea superior a los 12 meses:

  • 2,50% sobre el capital pendiente de amortizar en el momento de realizar la amortización anticipada, total o parcial.

Publicidad